Derecho de Petición

El derecho de petición en Colombia

El derecho de petición es una herramienta, mediante la cual todas las personas pueden presentar solicitudes ante entidades públicas o privadas.

Debes saber qué el derecho de petición:

  • Es totalmente gratuito.
  • No necesitas un abogado para interponer un derecho de petición.
  • Lo puede presentar cualquier persona, sin importar la edad (en el caso de los menores de edad, estos podrán presentar derechos de petición a las entidades que tengan relación con su protección o formación).
  • No es necesario que esté escrito en computador, siempre y cuando se entienda.
  • Se puede presentar de forma escrita o de forma verbal.

¡RECUERDA! Si lo haces de forma verbal debes asegurarte de que la persona que recibió tu petición haya dejado constancia de ello, entregándote un número de radicado o un documento que certifique que presentaste una petición.

Lo anterior está contemplado en el Art. 23 de la Constitución Política y en la Ley 1755 del 2015. Sin embargo, cuando realices tu derecho de petición no será necesario mencionar estas leyes.

El derecho de petición debe contener como mínimo:

  1. La autoridad o entidad a la que vas a presentar el Derecho de petición
  2. Los nombres y apellidos del solicitante, el documento de identidad, la dirección y un número de teléfono o correo electrónico (si lo tienen)
  3. La razón de la petición o solicitud
  4. Los razones o motivos de esa petición
  5. Si necesitas adjuntar un documento que respalde lo que solicitas puedes ponerlo ahí mismo
  6. La firma del solicitante

Algunas de las cosas que puedes solicitar son:

  1. Información
  2. Documentos
  3. La respuesta a una situación o problema
  4. Prestación de un servicio
  5. Consulta
  6. Queja o reclamo
  7. Recurso

Puede ocurrir que te nieguen lo que estas solicitando porque tiene “Reserva legal”, es decir que esa información no está disponible para el público. Frente a esto te deben responder explicando esas razones y citando la ley respectiva.

Si no sabes cómo hacer tu derecho de petición puedes acercarte a la Personería Municipal, a la Defensoría del Pueblo o a las Casas de Justicia para que te ayuden a realizarlo.

Debes saber que la entidad a la que presentes tu petición tiene la obligación de responderte, ya que la Ley sanciona a quienes no lo hagan.

El término general para que te respondan tu petición es de 15 días hábiles, aunque existen algunas excepciones como las peticiones sobre documentos e información, en las cuales deben responderte dentro de los siguientes 10 días hábiles.

¡IMPORTANTE! Si no recibes respuesta de tu petición puedes interponer una acción de tutela para pedir una respuesta.

Si dado el caso, presentas un Derecho de Petición ante una entidad que no sea la indicada, esta NO puede rechazártelo, sino que deberá remitirlo a la autoridad correspondiente para que den respuesta a tu petición.

Ten en cuenta que las autoridades deberán darle prioridad a las peticiones que traten sobre derechos fundamentales.

No olvides que esta herramienta es muy importante para hacerte escuchar y hacer valer tus derechos, es una herramienta muy poderosa con la cual cuentan todas las personas sin importar su condición, por eso es obligación de las entidades dar una respuesta clara y oportuna.

El derecho de petición es tu mejor aliado para reclamar o solicitar cualquier cosa que necesites ante una entidad.

A continuación, te dejamos el link de las leyes correspondientes al Derecho de petición:

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1755_2015.html

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991.html#23

 

Elaborado por: Laura Garzón

Imagen:
Foto de Negocios creado por katemangostar – www.freepik.es

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